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Cómo Contratar su Equipo de Trabajo
Régimen Laboral
La regulación laboral colombiana sigue todos los lineamientos establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). A continuación, encontrará los puntos más importantes que deben tenerse en cuenta para la contratación en Colombia.
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Clases de Contratos de Trabajo:
Existen diferentes modalidades de contratos para vincular personal a una empresa:
- Contratos a término indefinido (este es el contrato más utilizado puesto que se entiende acordado entre la empresa y el trabajador si no se pacta lo contrario. Puede ser verbal o escrito)
- Contratos a término definido (Siempre debe constar por escrito), el cual no puede exceder tres años.
- Contratos con duración limitada al tiempo de realización de una obra o labor determinada. (Siempre debe constar por escrito).
- Ocasional, accidental o transitorio: Es el contrato que se celebra para la realizacion de labores distintas de las actividades normales de la empresa y su duración es inferior a un mes.
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Salario
En Colombia existe un Salario Mínimo Legal Vigente (SMMMLV) que es acordado anualmente por el gobierno y las agremiaciones de trabajadores, o fijado por decreto por el gobierno. Para el año 2.018 es de COP 781.242 aproximadamente USD 260 (USD 1 = COP 3.000).
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Jornada Laboral
En Colombia la jornada laboral ordinaria es de máximo 8 horas al día y hasta 48 horas semanales que pueden distribuirse de lunes a viernes o de lunes a sábado. La jornada diurna es de 6:00 a.m. a 9:00 p.m. y la nocturna es de 9:00 p.m. a las 6:00 a.m.
A quienes trabajen durante la jornada nocturna la empresa deberá pagar un 35% más de lo que se paga por hora en la jornada diurna. Por otro lado, las horas extra se deben pagar de la siguiente manera: por cada hora extra diurna se debe pagar 25% más de lo que se paga por hora en la jornada diurna; por cada hora extra nocturna se debe pagar 75% más de lo que se paga por hora en la jornada diurna. (Debe tenerse en cuenta que en cualquier caso las horas extra diarias no deben superar más de 2 horas por cada día trabajado o 12 horas extra a la semana.) Estas horas sólo aplican para los cargos que no sean de dirección, confianza o manejo de la empresa.
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Otros pagos
Finalmente, al momento de contratar a los trabajadores, la empresa debe tener en cuenta otros costos que se generan en virtud de la relación laboral:
- Aportes al sistema de seguridad social (Pensión, salud y riesgos profesionales).
- Prestaciones sociales (Auxilio de cesantías, intereses sobre las cesantías, prima de servicios, auxilio de transporte, calzado y vestido de labor y subsidio familiar).
- Aportes parafiscales (pagos al Instituto de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje y Caja de Compensación Familiar).
Para los trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes (i.e. USD 2.604 convertidos a una tasa de COP 3,000 por USD 1) existe una exoneración de los pagos al SENA, ICBF y seguridad social en salud.
Para mayor información sobre el régimen laboral colombiano por favor diríjase al capítulo 5 de la Guía Legal para hacer negocios en Colombia que se encuentra a continuación:
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